El Dr. Horacio Galeano Perrone, Decano de la Facultad de Estudios de Postgrado de la UPAP, explicó a través del ejemplo de un abogado, las diferencias que existen entre estas dos palabras: “el abogado con el título de abogado está habilitado para ejercer la profesión, pero recién cuando rinde su tesis doctoral, está acreditado, puede ejercer ciertos cargos, como ser ministro de la corte suprema, es la diferencia, el hecho de que no sea doctor igual el abogado puede trabajar con su matrícula como abogado, lo mismo ocurre con la habilitación y la acreditación”.
Destacó que la confusión surge a partir de la intervención de un instituto de educación superior a través del Senado, que podría incluso plantearse como insconstitucional ya que el órgano legal al cual compete realizar este procedimiento es la CONES.